En casi todas las religiones encontramos que existe “el perdonar” como concepto y que, además, es parte esencial del crecimiento espiritual.
El Perdonar presupone la existencia previa de un menoscabo, de una deuda, de un delito, un no complimiento, una falta o, que una persona haya sido perjudicada, o crea que lo ha sido…
Como consecuencia de lo anterior, tenemos que la persona perjudicada llega a desarrollar estados donde puede encontrarse con dolor, rabia o confusión. Por eso, “perdonar” a quien nos ha “perjudicado”, implica “liberar” a esta persona de las obligaciones que normalmente debiera haber asumido o realizado, “si es que” hubiese adquirido conocimiento de lo que ha causado, lo cual casi nunca ocurre…
En este tipo de situaciones, sin duda estamos hablando de temas donde las implicancias de orden moral y éticos son contextualmente dependientes y compartidas y acordadas por ciertos grupos.
Para que exista el perdón, no basta solo el “mapa mental” de una persona y, dependiendo de la gravedad del acto cometido, la misma sociedad ya tiene establecidas, en ciertas situaciones, las consecuencias relativas.
¿Pero qué ocurre cuando el acto está solamente relacionado con nosotros? ¿Con nuestra identidad?.
El perdonar de facto es un acto de fuerza interna, de superación del duelo y aceptación de realidades.
Cuando ocurre con sinceridad es un proceso transformacional donde la consciencia tiene que evolucionar, la mente inconsciente se libera de la carga, de los resentimientos y, a partir de este acto, transita a su próximo estadio de desarrollo.
